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JUSTIFICACIÓN En la historia de la nobleza española, una de las casas más encumbradas es la aragonesa de Híjar (Teruel). El inicio se remonta al siglo XIII, Jaime I otorgó a Pedro Fernández de Híjar (*ca. 1245, 22.IV.1268-+ca. 1299), hijo natural habido en su relación con Berenguela Fernández de Castilla (+ 1272), la mitad de Híjar y Urrea de Gaén, permutándolas por unas propiedades que tenía en el reino de Valencia. Así se formó el señorío de Híjar; con un titular, unos territorios, unos vasallos que los habitaban y que pagaban las rentas que les permitían mantener su estatus. Aunque fue a finales del siglo XV, 1483, cuando a Juan Fernández de Híjar y Cabrera (*1419, 1456-+1491), VII señor, Fernando el Católico le otorgó la dignidad ducal. Todo ello pervive hasta la actualidad. En este contexto, el objetivo de este convenio de trabajo es pues, situar y destacar la historia de esta Casa en el conjunto nobiliario hispano, relacionándola con otras casas nobles de raigambre histórica, con toda su aportación a la historia general de España a través del especial protagonismo de alguno de sus miembros, en particular, pero sobre todo en la secuencia cronológica desde su inicio hasta el siglo XIX, en que, por diversas circunstancias, y no sólo por la disolución del régimen señorial, sus titulares se deshicieron de casi todas sus propiedades. Pero, sobre todo, la importancia que un elemento patrimonial único como el Archivo Ducal, puede generar sinergias de desarrollo y dinamización socio-cultural entre poblaciones aragonesas y del resto de España y Europa, como un elemento para conocer nuestra historia, desarrollarnos y conocer culturas de pueblos vecinos o lejanos. Además de poder crear un poso de trabajo que permita proyectar actuaciones de desarrollo cultural y económico entre dichos pueblos en un futuro a medio-largo plazo.
Este Convenio de trabajo quiere integrar a las entidades públicas y privadas con una metodología participativa en la cual exista un equilibrio entre instituciones públicas y privadas. Integrar también a los agentes socio-culturales y a los investigadores relacionados con el Archivo Ducal. El objetivo primordial es poder construir acciones de desarrollo cultural y patrimonial, optimizando los medios disponibles y facilitando la información y la cooperación entre agentes que intervienen teniendo el Archivo Ducal como un referente cultural. El presente Convenio de trabajo articula la composición de dicho convenio y define su funcionamiento mediante el compromiso de todos aquellos órganos y entidades que la integran. Híjar (Teruel), a 21 de Octubre de 2006. REUNIDOS: Los representantes de las siguientes entidades: Ayuntamiento de Aliaga EXPONEN CONJUNTAMENTE 1.Que los Ayuntamientos, Comarcas e instituciones representadas por ellos tienen la intención de fomentar un proyecto de dinamización socio-cultural y de investigación denominado Proyecto “ARCHIVO DUCAL DE HÍJAR.-ARCHIVO ABIERTO” 2.Que las instituciones firmantes tienen la intención de favorecer cuantas iniciativas se refieran al desarrollo cultural, histórico y económico común. 3.Que tras la celebración del primer encuentro celebrado en el mes de Junio de 2006 en la localidad de Híjar (Teruel) se acordó iniciar los trabajos para la redacción y firma de un convenio en el cual definir las vías de cooperación del proyecto. Por todo ello, las partes, con la coordinación de todas aquellas entidades culturales privadas y públicas que estimen oportuno, acuerdan organizar conjuntamente iniciativas, proyectos, encuentros de estudio y cuantas actividades permitan alcanzar los objetivos. Del mismo modo, acuerdan organizar el sistema de funcionamiento expuesto a continuación en el siguiente articulado. ACUERDAN PRIMERO- CREACIÓN Los Ayuntamientos de Aliaga (Teruel), Épila (Zaragoza), Híjar (Teruel), Orani (Cerdeña-Italia), La Puebla de Híjar (Teruel), Urrea de Gaén (Teruel) y Vinaceite (Teruel), la Comarca del Bajo Martín (Teruel) y el Centro de Estudios del Bajo Martín. Acuerdan crear el proyecto “ARCHIVO DUCAL DE HÍJAR -ARCHIVO ABIERTO” como Red de Cooperación sin personalidad jurídica propia. SEGUNDO- OBJETIVO DEL CONVENIO El objetivo de este convenio es la realización de una serie de actividades conjuntas para revalorizar el patrimonio histórico común de las poblaciones que tengan relación documental y/o histórica con los fondos del “Archivo Ducal de Híjar”, además de facilitar con ello actuaciones conjuntas de conocimiento y hermanamiento mutuo entre territorios. TERCERO.- FINALIDADES Y MATERIAS OBJETO DE LA ACTIVIDAD 1.El Proyecto (la Red de Cooperación), prestará especial interés a la coordinación de actuaciones que puedan encontrar sinergias para conseguir financiación a través de iniciativas comunitarias intercomarcales, regionales, nacionales e internacionales. 2.Dentro de las competencias propias que el Derecho reconoce a las entidades firmantes, el Proyecto (la Red de Cooperación) desarrollará su actuación, preferentemente, en las siguientes materias: a)Cultura, Turismo y Patrimonio Cultural CUARTO.- ÁREAS DE TRABAJO Las áreas de trabajo podrán tratar sobre la investigación, la divulgación, la sensibilización y la dinamización socio-cultural del patrimonio común a través del trabajo con entidades públicas y privadas de los distintos territorios que firmen este acuerdo. Se constituyen las siguientes áreas y/o grupos de trabajo: Área de Investigación (gestión de propuestas de actuaciones de investigación en el Archivo Ducal de Híjar) Área de Promoción-Difusión-Sensibilización-Dinamización (gestión de propuestas de promoción de actividades, difusión de las que se propongan y sensibilización de las poblaciones locales en relación a su historia) Área de Coordinación (gestión de las propuestas de proyectos comunes, coordinación de áreas) Área de organización de jornadas-Congresos (gestión y propuestas de comités científicos de organización de jornadas y encuentros) QUINTO- CREACIÓN DE ORGANISMOS CON PERSONALIDAD JURÍDICA PROPIA El Proyecto (la Red de Cooperación) podrá promover la constitución de organismos de cooperación con personalidad jurídica, en los términos establecidos en la legislación vigente, cuyo objeto será llevar a cabo proyectos conjuntos en las distintas áreas de actuación referidas anteriormente. SEXTO.- ÁMBITO TERRITORIAL El ámbito territorial del Proyecto (Red de Cooperación) estará formado por el ámbito territorial y competencial de las distintas instituciones firmantes del Convenio. SÉPTIMO.- ESTRUCTURA Son órganos del Proyecto (Red de Cooperación): El Consejo, el Comité Técnico, el Presidente, el Vicepresidente y el Secretario. OCTAVO.- LA ASAMBLEA 1.La Asamblea estará formada por un representante legal de cada institución y un representante técnico elegido por la misma que será el encargado en representarlos en el Comité Rector y las reuniones de trabajo. 2.La Asamblea, reunida una vez al año aprobará las cuentas, las actuaciones e iniciativas a desarrollar y elegirá al presidente, al vicepresidente y a los miembros del Comité Rector y la Secretaría. También aprobará la cuota que cada entidad debe de pagar para lograr los objetivos del Convenio. 3.La adopción de decisiones por la Asamblea deberá respetar los criterios de consenso y paridad, sin que ninguno de los representantes pueda imponer su voluntad a otro. 4.Podrán asistir los agentes culturales del ámbito de actuación que se estime oportuno con voz pero sin voto. NOVENO.- EL COMITÉ RECTOR 1.El Comité Rector estará formado por: El presidente de la Asamblea 2.El Comité Rector es el órgano encargado de preparar y hacer el seguimiento de los asuntos que se sometan a la Asamblea. 3.El Comité Rector desarrollará a lo largo del año la administración y gestión de las actuaciones propuestas y aprobadas por la Asamblea. DECIMO.- EL PRESIDENTE La presidencia será ejercida alternativamente por los Presidentes de cada una de las instituciones públicas integrantes del Proyecto (Red de Cooperación). El Presidente representará al Proyecto (Red de Cooperación), y le corresponde convocar y presidir las reuniones de la Asamblea y del Consejo Rector. Tendrá un mandato de dos años. UNDECIMO.- EL VICEPRESIDENTE El Vicepresidente, elegido por la Asamblea, sustituirá al Presidente en los actos y/o reuniones a las que el Presidente no pudiera asistir. DECIMO SEGUNDO.- LA SECRETARÍA La Secretaría será ejercida por la entidad pública o privada que elija la Asamblea y tendrá una vigencia de dos años. DECIMO TERCERO.- FINANCIACIÓN 1.Todos los gastos de funcionamiento que se refieran a las iniciativas surgidas en base a este acuerdo, serán repartidos en común y de forma equitativa. Así pues, cada entidad asumirá los gastos de su representante y los que pudiera generar en base a dietas, desplazamientos, etc… 2.Los anfitriones que organicen los actos de Jornadas-Congresos relativos a este acuerdo, asumirán los gastos del mismo con la financiación y colaboraciones que estimen oportuno, y siempre de acuerdo al área de organización correspondiente. 3.El Consejo Rector será el encargado de conveniar y propiciar encuentros y cofinanciaciones con las entidades con competencias en Patrimonio, Cultura y Dinamización Socio-Cultural a nivel local, comarcal, provincial, regional, estatal y europeo. 4.La Asamblea aprobará las cuotas que cada institución debe aportar para llevar a cabo las actividades del Proyecto (Red de Cooperación). DECIMO CUARTO- COMPROMISOS Cada una de las instituciones firmantes de este acuerdo se comprometen a: El Pago de la cuota anual para la ejecución de las distintas actuaciones a desarrollar aprobadas por la Asamblea. DECIMO QUINTO.- REGLAMENTO INTERNO La Asamblea podrá aprobar por unanimidad un Reglamento interno, determinando en detalle el régimen de organización, funcionamiento y financiación de la misma. DECIMO SEXTO - APLICACIÓN El presente acuerdo comenzará a aplicarse tras su firma. Las partes firmantes podrán, en todo caso, denunciar el acuerdo, con un preaviso mínimo de tres meses, no afectando el cese de la aplicación del mismo a aquellas actividades específicas que se hallen en curso en ese momento. DECIMO SÉPTIMO.- CAMBIOS DE REPRESENTACIÓN Los posibles cambios que se produzcan en las estructuras orgánicas y funcionales de cada uno de los miembros y que puedan a afectar a este acuerdo serán oportunamente comunicados, a fin de proceder a las adaptaciones necesarias. DECIMO OCTAVO.- VIGENCIA El presente Convenio de Colaboración tendrá una vigencia indefinida, siempre que no se denuncie por alguna de las partes. Por consenso, en su día, si se considerase necesario aceptar una baja o dar de baja a alguna de las instituciones por incumplimiento de sus compromisos o por decisión propia, se efectuará la baja después de la primera reunión de la Asamblea Anual.
Firman la presente, en Híjar, a 21 de Octubre de 2006 Ayuntamiento de Aliaga (Teruel) Ayuntamiento de Épila (Zaragoza) Ayuntamiento de Híjar (Teruel) Ayuntamiento de La Puebla de Híjar (Teruel) Ayuntamiento de Lécera (Zaragoza) Ayuntamiento de Orani (Cerdeña- Italia) Ayuntamiento de Urrea de Gaén (Teruel) Ayuntamiento de Vinaceite (Teruel) Comarca “Bajo Martín” (Teruel) Centro de Estudios del Bajo Martín (Híjar – Teruel)
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